portada del número 11

 

El 5 de febrero de 2003, el juez Fernando Paredes Sánchez, titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Arrecife (isla de Lanzarote), dicta un auto ordenando el secuestro de la edición delnúmero 11 de la revista Cuadernos del Sureste, sin dar audiencia previa a los demandados. El auto prohíbe su difusión y su nueva publicación, tanto en la versión escrita como en la edición digital en www.cuadernosdelsureste.com.

La sorprendente actuación judicial fue solicitada por Felipe Fernández Camero, quien interpuso después una demanda contra el consejo de redacción por la publicación, dentro de la carpeta central sobre la corrupción, de un artículo de Carlota Gutiérrez sobre sus actividades profesionales como secretario del Ayuntamiento de Arrecife y abogado, titulado: "El secretario: el quinto poder".

El día 5 de mayo de 2003, la juez Luz Marina Caballero Infante dicta el auto en el que se acuerda el alzamiento del secuestro de esta revista, y se condena al demandante al pago de las costas y de los daños y perjuicios que se hayan producido. Tres meses después, se restituye el derecho a la libertad de expresión de Cuadernos y a la libertad de información de sus lectores.

 

PROCESO JUDICIAL

 

Auto judicial del secuestro (11 KB)

 

Escrito de oposición (completo, 200 KB)

 

Extracto de la oposición (50 KB)

 

Auto levantando el secuestro (20 KB)

 

 

TITULARES DE PRENSA

 

 

ARTÍCULOS DE OPINIÓN

 

 

COMUNICADOS DE PRENSA

 

 

 

 

 

 

El 28 de febrero de 2003, Felipe Fernández Camero presenta una demanda por intromisión ilegítima en su honor contra Cuadernos del Sureste y Jorge Marsá. La demanda no es comunicada hasta el mes de Julio, y el 9 de septiembre de 2003 se presenta la contestación de Cuadernos.

El juicio se celebra el 17 de noviembre. El 2 diciembre de 2003, la Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Arrecife, Mª Dolores García Benitez, dicta sentencia. Se reconoce que el artículo "El secretario: el quinto poder" es veraz y que la información proporcionada ha sido suficientemente contrastada y reconocida por el demandante. A la par que se reconoce la relevancia pública de éste último y, por tanto, los hechos son considerados noticiables, por lo que el derecho a la libertad de expresión debe prevalecer sobre el derecho al honor.

Sin embargo, y sorprendentemente, la juez estima que al haberse situado el artículo en una carpeta denominada Corrupción, se ha insultado al demandante, por lo que condena a Cuadernos del Sureste al pago de 6.000 € y a Jorge Marsá a 9.000 € por sus declaraciones como portavoz de la revista.

La Audiencia Provincial de Las Palmas dicta sentencia sobre la apelación de Cuadernos del Sureste a la sentencia de la juez de Arrecife el 16 de mayo de 2005: se absuelve a Cuadernos y a Jorge Marsá y se condena a Felipe Fernández Camero al pogo de las costas.

La sentencia recoge completamente las tesis de la defensa de Cuadernos, reconociendo que se trataba de una información veraz y contrastada sobre un personaje público, y que en estos casos debe prevalecer el derecho a la información.

El 24 de septiembre de 2009, el Tribunal Supremo acepta el recurso de casación de Felipe Fernández Camero y confirma la sentencia del Juzgado número 2 de Arrecife, es decir, que Cuadernos del Sureste y su portavoz, Jorge Marsá, vuelven a estar condenados.

El 30 de diciembre de 2009, Cuadernos del Sureste recurre ante el Tribunal Constitucional la sentencia del Tribunal Supremo, por estimar que vulnera los derechos constitucionales a la libertad de expresión y de información.

SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

El 19 de diciembre de 2013, el Tribunal Constitucional decide: "Otorgar el amparo solicitado por la Asociación Colectivo Cuadernos del Sureste y Jorge Marsá y, en consecuencia: 1º Declarar que ha sido vulnerado el derecho fundamental de los demandantes a la libertad de expresión [art. 20.1. a) CE]. 2º Restablecerlos en la integridad de su derecho y, a tal fin, declarar la nulidad de la Sentencia dictada por la Sala Civil del Tribunal Supremo, de 24 de septiembre de 2009".

 

PROCESO JUDICIAL

 

Demanda judicial (50 KB)

 

Contestación a la demanda (220 KB)

 

Sentencia judicial (40 KB)

 

Auto de aclaración de la sentencia (25 KB)

 

Apelación a la sentencia (80 KB)

 

Oposición al recurso de apelación (105 KB)

 

Sentencia de la Audiencia Provincial (20 KB)

 

Primera sentencia del Tribunal Supremo (165 KB)

 

Recurso de amparo constitucional (230 KB)

 

Auto de ejecución de la sentencia (1.300 KB)

 

Oposición a la ejecución de la sentencia (80 KB)

 

Sentencia del Tribunal Constitucional (220 KB)

 

Nota informativa del Tribunal Constitucional (110 KB)

 

Comunicado de Cuadernos del Sureste (90 KB)

 

Segunda sentencia del Tribunal Supremo (750 KB)

 

 

TITULARES DE PRENSA

 

 

ARTÍCULOS DE OPINIÓN

 

 

COMUNICADOS DE PRENSA

 

 

EL SECRETARIO DESTITUIDO

 

El Ministerio de Administraciones Públicas destituye a Felipe Fernández Camero de su cargo de Secretario del Ayuntamiento de Arrecife.

Resolución del Ministerio (50KB)

 

El Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo n.º 5 desestima el recurso de Fernández Camero.

Sentencia del Juzgado Central (30KB)

 

 

EL SECRETARIO IMPUTADO

 

El 24 de octubre de 2007 la prensa informa de que Felipe Fernández Camero acude a declarar, en calidad de imputado junto a la alcaldesa de Arrecife, María Isabel Déniz, ante el juez de Instrucción Jerónimo Alonso por el caso de la urbanización La Bufona. La información en dos periódicos:

Diario de Lanzarote

La Voz de Lanzarote.

 

 

EL SECRETARIO IMPUTADO OTRA VEZ

 

El 1 de abril de 2009 se publica la noticia de que la misma que jueza que condenó a Cuadernos del Sureste ha imputado a Felipe Fernández Camero por un presunto delito de tráfico de influencias en concurso de normas con otros de prevaricación urbanística y cohecho en el proceso judicial que investiga la 'trama' de licencias ilegales concedidas por el ex alcalde de Yaiza para unas 8.000 plazas alojativas. La información en dos periódicos:

Diario de Lanzarote

La Provincia.

 

 

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